Suspensión del ejercicio profesional y exoneración de pago de cuotas ordinarias
De acuerdo al Art. 40°, 41°, 42° y 43° del Reglamento Interno Nacional del Colegio de Psicólogos del Perú, los colegiados tienen derecho a solicitar la exoneración del pago de sus cuotas ordinarias en los siguientes casos:
- Cuando por razones de salud física o mental, les es imposible continuar con el ejercicio de su profesión.
- Cuando por razones de ausencia del territorio nacional, no puedan continuar con el ejercicio de su profesión por más de seis (6) meses consecutivos.
REQUISITOS:
- Solicitud dirigida a la Ps. Angélica Mabel Burga Tequén, incluyendo sus datos personales, teléfono y correo electrónico.
- Copia de DNI
- Último recibo de pago de aportaciones (encontrarse al día, en el mes que realiza el trámite). No tener deuda pendiente por concepto de aportes, fraccionamientos o multas.
- Historial de pago de pago de aportaciones (emitido por el CDR).
- Todos los documentos que demuestren la veracidad de lo informado.