PROGRAMA INTEGRAL DE AYUDA Y ASISTENCIA AL COLEGIADO – PIAAC

FINALIDAD

El presente Reglamento constituye la norma nacional y específica, conforme al Estatuto y Reglamento Interno Nacional del Colegio de Psicólogos del Perú, para regular el Proyecto de Bienestar Social, denominado PROGRAMA INTEGRAL DE AYUDA Y ASISTENCIA AL COLEGIADO – PIAAC, administrado por el Consejo Directivo Nacional, en favor de los miembros de la Orden Colegiados y habilitados, que requieran del mecanismo instituido de ayuda y asistencia para atender el apoyo de manera equitativa a los Colegiados y sus derecho-habientes, ante la necesidad de ayuda y asistencia, en casos específicos de atención y servicios de salud integral del colegiado, atención ante la mortandad del Colegiado y sus derechohabientes y atención ante el estado de incapacidad sobreviniente del Colegiado, que se encuentren y acrediten una situación de extrema urgencia económica, que afecte su supervivencia y la de sus derechohabientes y los exponga a riesgo de su supervivencia, con una ayuda y asistencia económica por ÚNICA VEZ, ascendente a la suma de S/ 1,500.00 para enfermedad crónica incapacitante grave o terminal y/o por fallecimiento.

Para realizar este trámite es requisito no tener deuda pendiente por concepto de aportes, fraccionamientos o multas.

El Consejo Directivo Nacional, previa verificación de la condición de extrema urgencia económica del miembro de la Orden, asigna una ayuda económica, por única vez, al Colegiado beneficiario del PROGRAMA INTEGRAL DE AYUDA Y ASISTENCIA AL COLEGIADO – PIAAC, por enfermedad grave de éste y/o de sus derechohabientes; y por fallecimiento del Colegiado y/o de sus derechohabientes, ascendente a la suma de S/.1,500.00 (Un mil quinientos y 00/100 Soles), con cargo a la fuente de financiamiento.

10.1 Presentar solicitud de ayuda y/o asistencia al PROGRAMA INTEGRAL DE AYUDA Y ASISTENCIA AL COLEGIADO – PIAAC, en formato físico o electrónico, descargado de la página web del Colegio de Psicólogos del Perú, el que tendrá carácter de declaración jurada, conforme a las normas que regulan el Procedimiento Administrativo General determinadas en la Ley N°27444.

10.2 Anexar documentación que sustente la condición especial, conforme a lo normado en el Capítulo I del presente reglamento, específicamente la siguiente documentación: Por enfermedad crónica incapacitante grave o terminal

10.2.1 Documentos que presenta el solicitante en caso de apoyo para el Psicólogo(a)

a) Solicitud de Apoyo PIAAC

b) Estar habilitado al momento de la solicitud o con un atraso no mayor a seis (06) meses.

c) Copia legible del DNI del Psicólogo(a)

d) Informe médico legible con indicación de diagnóstico

e) Evidencia legible de tratamientos de la enfermedad

f) Partida de nacimiento y DNI legibles si el solicitante es un derechohabiente (esposa, hijos o padres).

10.2.2 Documentos que presenta el Psicólogo(a) en casos de apoyo para el Derechohabiente:

a) Solicitud de Apoyo PIAAC

b) Estar habilitado al momento de la solicitud o con un atraso no mayor a seis (06) meses.

c) Copia del DNI del Psicólogo(a) y de su derechohabiente

d) Partida de nacimiento legible actualizada del derechohabiente donde se evidencia el vínculo (hijos o padres)

e) Partida de Matrimonio o Certificado de Convivencia vigentes del derechohabiente donde evidencia el vínculo (esposo(a)

f) Informe médico legible con indicación de diagnóstico

g) Evidencia legible de tratamientos de la enfermedad

10.2.3 Documentos que presenta el Consejo Directivo Regional

Historial de pago del Psicólogo(a) actualizado del último año de aportaciones.

Por Fallecimiento

10.2.4 Documentos que presenta el solicitante en caso de fallecimiento del Psicólogo(a)

a) Solicitud de Apoyo PIAAC, máximo seis (06) meses después del fallecimiento.

b) Estar habilitado al momento de la solicitud o con un atraso no mayor a seis (06) meses.

c) Copia legible del DNI del Psicólogo(a) fallecido(a)

d) Copia legible del DNI del derechohabiente solicitante.

e) Partida/Acta de Matrimonio o Certificado de Convivencia vigentes del derechohabiente solicitante (esposo-a)

f) Certificado de Defunción General legible.

g) Acta de Defunción legible.

10.2.5 Documentos que presenta el Psicólogo(a) en casos de fallecimiento de Derechohabiente:

a) Solicitud de Apoyo PIAAC, máximo seis (06) meses después del fallecimiento.

b) Estar habilitado al momento de la solicitud o con un atraso no mayor a seis (06) meses.

c) Copia legible del DNI del Psicólogo(a) solicitante y de su derechohabiente.

d) Partida de nacimiento legible actualizada del derechohabiente donde se evidencia el vínculo (hijos o padres)

e) Partida/Acta de Matrimonio o Certificado de Convivencia vigentes del derechohabiente donde evidencia el vínculo (esposo-a)

f) Certificado de Defunción General legible.

g) Acta de Defunción legible.

REGLAMENTO PIAAC

RESOLUCIÓN DE DECANATO N° 408-2023-CDN-C.PS.P
Lima 25 de agosto de 2023